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La Justicia dio curso al amparo de 500 intendentes de la Argentina contra el DNU de Milei


El juez Enrique Lavié Pico aceptó la presentación del medio millar de jefes comunales de la Argentina, quienes cuestionaron la constitucionalidad del DNU impulsado por el gobierno de Milei.


 

Juez Enrique Lavié Pico.

 

La Federación Argentina de Municipios (FAM) informó este viernes que el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal n°6 dio curso al recurso de amparo presentado por 500 intendentes contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica presentado por el presidente Javier Milei.

Según precisó la FAM en un comunicado, el juez Enrique Lavié Pico dio curso a la acción presentada el martes 2 de enero, primer día hábil del año.

En el recurso, que lleva la firma del presidente de la FAM e intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, se pidió que se deje sin efecto el DNU 70/2023 «hasta tanto se dicte sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada».

A la vez, solicitó «que se ordene, como medida urgente de protección cautelar, la inmediata suspensión de los efectos del decreto hasta tanto las Cámaras del Congreso de la Nación se expidan por la aceptación o rechazo del Decreto 70/23».

 

«Desde la Federación Argentina de Municipios hemos decidido trabajar para ponerle un freno al accionar inconstitucional que impulsa el Gobierno nacional de Javier Milei. Por eso, 500 intendentas e intendentes de todo el país presentamos este recurso de amparo ante la Justicia para frenar el DNU que avasalla los derechos de las argentinas y argentinos», explicó Espinoza en un comunicado.

 

Para el dirigente peronista, el decreto presidencial «afecta gravemente muchos aspectos de la vida de nuestras vecinas y vecinos, deja desprotegidos a nuestros jubilados y jubiladas, y atenta contra nuestras pymes y los productores regionales».

En el pedido de acción de amparo se señaló que «el decreto cuestionado viola el presupuesto de validez esencial fijado por la Constitución, por cuanto arremete contra el principio general consagrado por el art. 99 inciso 3º, que es la prohibición del Presidente de dictar disposiciones de carácter legislativo».

 

«Pero para ello, y sin la intermediación -como corresponde- del Congreso, prefirió arrogarse facultades extraordinarias equivalentes a ejercer la suma del poder público y así derogar el siguiente paquete normativo de amplia vigencia en el país», mencionó.

 

Y sostuvo que el DNU «viola el principio rector que sustenta el estatuto del poder: la separación de poderes y conduce a la suma del poder público» y se destaca que «constituye una amenaza cierta e inmediata sobre el sistema democrático».

 

En ese sentido, Espinoza consideró que «a días de haber asumido Milei, ya se generó un antes y un después en la Argentina. Vemos cómo se van cayendo argentinos del sistema laboral y cómo se está generando un desmoronamiento del poder económico de todo el pueblo», afirmó.

 

«Nosotros, como primer escalón de la democracia, tenemos la responsabilidad de defender las voces de millones de mujeres, hombres, abuelas y abuelos, estudiantes, trabajadores y trabajadoras y pymes, productores rurales y regionales que representamos en cada una de nuestras ciudades», concluyó Fernando Espinoza.

 

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