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El ministerio de Trabajo suspendió por 180 días el Registro de Empleadores por Sanciones Laborales

La medida busca contener el impacto de la emergencia sanitaria sobre el empleo y los procesos productivos, informó esa cartera del Estado.


El Ministerio de Trabajo resolvió hoy la suspensión por 180 días del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), ante «las excepcionales circunstancias de emergencia» a raíz de la pandemia de coronavirus, informó hoy esa cartera de Estado.

Un comunicado del ministerio de Trabajo explicó que los empleadores incluidos en el Repsal no podían acceder a los programas asistenciales implementados o financiados por el Estado ni a líneas de crédito de los bancos públicos, entre otras inhabilitaciones.

«A fin de morigerar el impacto de la emergencia sanitaria sobre los procesos productivos y el empleo, la Resolución 352 suspendió por 180 días los efectos y plazos de permanencia de los empleadores incluidos en el Repsal y su incorporación», informó la cartera que encabeza Claudio Moroni.

Exceptuados de la medida

No obstante- según se puntualizó- la medida «no alcanza a quienes fueron incluidos en el Registro luego de sentencias firmes que hayan establecido que el actor es un trabajador dependiente, con relación laboral desconocida por el empleador o con una fecha de ingreso que difiera de la alegada en su inscripción».

También fueron excluidos de esa suspensión quienes hayan sido sancionados por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 26.390 y 26.847 y quienes tengan sentencia firme condenatoria por infracción a la norma 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, concluyó la cartera laboral.

Agencia del Plata

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