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La AFIP allanó «cerealeras truchas» que evadieron divisas al país


La Aduana y la DGI analizaron exportaciones de más de 100 empresas realizadas en los años 2020/2021 y detectaron al menos 15 firmas ficticias con U$S 51 millones en exportaciones -cuyo plazo de liquidación está vencido- de las que solo ingresaron al país U$S 3 millones.


 

De acuerdo a lo informado por la Aduana, a través del operativo se detectaron nuevos exportadores de maíz partido, soja desactivada y aceites-mezcla, caracterizados por el incremento exponencial de los valores exportados.

En este marco, señalaron que lo que llamó la atención de estas operaciones, fue la relación desproporcionada entre las exportaciones y la capacidad económica y financiera de las empresas, que mostraban distintos puntos en común.

De esta manera, explicaron en un comunicado que todas las empresas evidenciaron un patrón financiero similar, registrando un incremento exponencial en sus volúmenes de exportación en muy poco tiempo.

Además, indicaron que la posición mayoritariamente utilizada es la de Maíz Partido (PA 1104.2300.0000), caracterizada por encontrarse fuera del sistema de precios oficiales.

Asimismo, ninguno de los operadores analizados cuenta con capacidad financiera ni operativa acordes a los volúmenes exportados. En todos los casos las gestiones aduaneras recaen en un solo estudio de despachantes.

Por otra parte, destacaron que un porcentaje elevado de las destinaciones son registradas ante la misma aduana del partido de Campana, repitiendo el circuito de exportación en casi todos los casos.

El monto de divisas liquidadas es sistemáticamente muy bajo en relación con los montos exportados, a su vez, se cotejó en algunos casos la existencia de vinculación entre los compradores extranjeros y los exportadores.

Tras el análisis de la AFIP-DGI, muchas de las empresas analizadas se encuentran incluidas en la Base de Firmas Apócrifas (base APOC), bajo la calificación de usinas de créditos sin solvencia.

En este marco, la Aduana-AFIP presentó una denuncia que está siendo investigada por el Juez Federal de Campana, Adrián González Charvay, quien ordenó más de ochenta allanamientos en simultáneo en todo el país, en los que se secuestraron celulares, PCs, discos rígidos, documentación y dos armas de fuego (una sin su pertinente documentación). La Policía Federal, a su vez, colaboró en los allanamientos y también trabajó en la investigación.

De este modo, detectaron la maniobra de 15 empresas truchas con U$S 51 millones en exportaciones -cuyo plazo de liquidación está vencido- de los que solo ingresaron al país U$S 3 millones, es decir que el 94% de lo exportado no fue ingresado al Banco Central.

“La Aduana tiene como responsabilidad asegurar que todos los exportadores operen en igualdad de condiciones, evitando maniobras irregulares que afecten las reservas del Banco Central. Los dólares son para la producción y el trabajo argentino, no para la especulación financiera”, señaló el director general de Aduanas, Guillermo Michel.

Respecto de las más de 40 empresas sospechadas, informaron que la DGI procedió a suspender sus CUIT, mientras que la Aduana emitió un reporte de operación sospechosa de lavado de dinero ante la UIF.

El Juzgado Federal de Campana investiga la posible existencia de una asociación ilícita contemplada en el Art. 210 del Código Penal, y/o delitos tipificados en el Régimen Penal Tributario (Ley 27.430) y en el Régimen Penal Cambiario (Ley 19.359) y de la comisión de lavado de activos del Código Penal.

Las investigaciones preliminares dejaron en evidencia que las empresas exportadoras carecerían de solvencia para afrontar las operaciones de comercio exterior, lo cual demuestra que detrás de toda la estructura formal existirían uno o más exportadores ocultos, cuya identidad no fue develada por el exportador aparente.

En este sentido, indicaron que existen “suficientes elementos de convicción” para sostener que el exportador real -esto es, el verdadero dueño de la mercadería- habría sido sustituido por empresas ficticias o pantalla.

“Dicha sustitución, que aparece evidente con sustento en los datos objetivos obtenidos -incapacidad económica para afrontar las operaciones-, constituye una acción tendiente a impedir o, cuanto menos, dificultar mediante métodos ardidosos el adecuado control del Servicio Aduanero sobre el tráfico internacional de mercaderías”, concluyeron.

 

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