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Juicios de Lesa Humanidad: Condenaron a seis ex agentes del Servicio Penitenciario y dos exmilitares en juicio «Vesubio III»


Se dictó el veredicto del tercer tramo de la causa por crímenes cometidos en el centro clandestino de detención El Vesubio en el que se juzgó el homicidio de 50 personas y la privación ilegítima de la libertad y aplicación de torturas a otras 370. Se consideró también la violencia sexual contra las mujeres como «constitutivos de crímenes contra la humanidad».


 

El Tribunal Oral Federal 4 de la Capital Federal condenó el viernes a seis exagentes del Servicio Penitenciario Federal y dos exmilitares imputados por crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención bonaerense de «El Vesubio», que funcionó en el partido bonaerense de La Matanza durante la última dictadura cívico militar.

Los jueces del tribunal, María Gabriela López Iñiguez, Néstor Costabel y Daniel Obligado, condenaron a cadena perpetua al ayudante de 5°, Milcíades Luis Loza; al oficial adjutor, Hugo Roberto Rodríguez y al excoronel, David Cabrera Rojo, por considerarlos coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos perpetrados en el «El Vesubio».

Por otra parte, el adjutor principal, Eduardo David Lugo, fue condenado a 15 años de prisión; el ayudante de 5° Olegario Domínguez, a 14 años y los subayudantes, Roberto Horacio Aguirre y Florencio Esteban Gonceski, a 13 años y 6 meses, por ser considerados partícipes secundarios de los delitos cometidos.

En tanto, el exteniente Eduardo Cubas fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad en grado de tentativa por el caso de Mario Rubén Arrosagaray.

Luego de la lectura de las condenas, el tribunal notificó la inmediata detención de Cabrera, Rojo y Cubas; así como el sostenimiento de las prisiones preventivas, en las condiciones en que se vienen cumpliendo, de Loza, Rodríguez, Lugo, Aguirre y Gonceski.

El fallo, en tanto, consideró «los casos de violencia sexual contra las mujeres» como «constitutivos de crímenes contra la humanidad» y por ende, imprescriptibles en los términos de la Ley 24.584.

También se dispuso «la reparación histórica de legajos laborales y/o estudiantiles para aquellas víctimas de esta causa a las que se aplicaron cesantías, suspensiones, despidos o expulsiones».

La lectura del veredicto se efectuó el viernes de forma semipresencial en el edificio de Comodoro Py 2002, en la sala AMIA, y contó en el inicio con la lectura de los nombres y apellidos de las 370 víctimas de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos perpetrados en el centro clandestino de detención.

La fecha de audiencia para la lectura integral de los fundamentos de la sentencia fue fijada para el próximo 2 de junio, a las 13.

En este juicio se analizó el tercer tramo de la investigación en el que se abordaron 50 homicidios y 370 casos de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos.

 

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