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Un juez porteño ordenó al gobierno de Larreta que elabore en cinco días un protocolo específico para barrios populares

El juez Darío Reynoso ordenó al gobierno porteño que elabore en un plazo de cinco días un protocolo específico para la contención y prevención del coronavirus en los barrios populares.


Un juez de la ciudad de Buenos Aires ordenó al gobierno porteño que elabore en un plazo de cinco días un protocolo específico para la contención y prevención del coronavirus en los barrios populares y que provea a su habitantes de los suficientes elementos sanitarios, de higiene, limpieza y agua potable, informaron fuentes judiciales.

El magistrado también ordenó a las autoridades porteñas que comuniquen dónde alojarán a todos los vecinos de esos barrios que necesiten ser aislados.

El fallo del juez Darío Reynoso surgió como respuesta favorable a un recurso de amparo presentado por los presidentes de las juntas comunales 4 y 8, Ignacio Alvarez y Miguel Eviner, respectivamente, que abarcan los barrios de La Boca, Barracas, Parque Patricios, y Nueva Pompeya, Villa Soldati, Villa Riachuelo y Villa Lugano.

En esa zona se ubican los barrios populares mas numerosos de la Ciudad de Buenos Aires, en donde en las últimas semanas se generó un crecimiento exponencial de casos de coronavirus y la muerte de más de 10 personas por la Covid-19.

El juez llamó además a la creación de una Mesa de Trabajo en la cual deberán estar los presidentes comunales, junto a representantes de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social, Espacio Público y Medioambiente de la Ciudad de Buenos Aires.

El juez destaca que «no existe un protocolo específico de acción y prevención en materia de Covid-19 para villas, asentamientos y barrios vulnerables»

En consecuencia, ordenó a la Ciudad que, con la intervención de especialistas en salud pública y profesionales de otras ramas, y en un contexto de abordaje interdisciplinario, elabore «un Protocolo Específico de Análisis, Acción y Prevención».

Este protocolo deberá aplicarlo y difundirlo en villas, asentamientos y barrios vulnerables localizados en las Comunas 4 y 8 en un plazo perentorio de cinco días.

En tanto, también le ordena asegurar la provisión «inmediata, suficiente y sostenida» de elementos sanitarios (barbijos y guantes de latex), de higiene y limpieza (lavandina, jabón, alcohol en gel), así como también, elementos de medición de temperatura.

También garantizar el suministro de agua potable, tanto para su consumo como para una efectiva higienización, y que informe y acredite los «espacios apropiados, oportunos y suficientes» para el aislamiento, tanto en hospitales como centros de aislamiento por Covid-19 para los casos confirmados, sospechosos o por contactos estrechos.

Ordena además que adopte medidas de comunicación y difusión adecuadas y exclusivas, con el objeto de informar con efectividad a la población sobre las acciones de cuidado y las formas de funcionamiento de los operativos.

La ciudad también deberá informar las alternativas de abordaje de temas de Violencia de Género en el marco de la pandemia: difusión de información y espacios de atención a las víctimas de estos casos.

Agencia del Plata

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