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Diputados dio media sanción al proyecto para modificar la ley de Monotributo: cuáles son los cambios

En medio de una sesión maratónica, atípica, por tratarse de un sábado, la medida fue aprobada por unanimidad. Luego, el recinto comenzó a tratar la iniciativa para elevar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias.


 

La iniciativa fue aprobada por unanimidad en el recinto, por 237 votos positivos, ninguno negativo y dos abstenciones, pasadas las 23.30 y en el marco de una jornada en la que el oficialismo intentará avanzar con otra medida importante, la de aumentar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, el último tema que estaba en agenda.

En medio de una sesión maratónica y atípica, por tratarse de un sábado, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de Ley para realizar cambios en la ley de Monotributo que, entre otros puntos, busca actualizar los topes de cada categoría -todavía se mantienen vigentes los del año pasado- y crear un “puente” para aliviar el paso al régimen general a los contribuyentes que hayan excedido del límite de facturación.

De esta manera, ya fue girada al Senado la propuesta para aliviar la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado, mediante la implementación de un puente entre este sistema y el general.

Con esto, el Gobierno planea resolver el problema transitorio de actualización del Monotributo durante 2021 como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional subsanando cualquier inconveniente referido a las recategorizaciones de manera automática (alrededor del 35%).

Puntualmente, el proyecto contempla que los monotributistas que se conviertan en autónomos tendrán beneficios fiscales durante tres años, por lo que podrán experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos. La reforma presentada ofrece reducciones del IVA y Ganancias para los contribuyentes que cambien voluntariamente de régimen.

En el recinto estuvo presente, además del ministro de Economía, Martín Guzmán, el director General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Carlos Castagneto, quien en la previa del debate defendió el proyecto.

“La iniciativa beneficiará a miles de contribuyentes ya que ‘subsidia’ el paso de los monotributistas al régimen de autónomos a través de un ahorro significativo en su carga tributaria”, expresó el funcionario.

¿Qué cambios propone el proyecto de Ley?

– Para la actualización de las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020 se considerará, con efectos a partir del 1° de enero de 2021, la variación del haber mínimo de jubilaciones y pensiones de 2020. Este cambio se debe a que quedó sin efecto la actualización que se usaba hasta el año pasado, que era la movilidad jubilatoria. Este porcentaje sería del 35,3%.

– El proyecto crea un puente para pasar del monotributo al Régimen General

– El pago fuera de término de las cuotas del monotributo (Régimen Simplificado) vencidas entre el 1° de enero de 2021 y el mes inmediato anterior al de la nueva categorización, no tendrá intereses resarcitorios.

– Los monotributistas que se encuentran en situación de exclusión —porque superaron los montos de la escala más alta— podrán permanecer en el Régimen Simplificado si al 31 de diciembre de 2020 el exceso del parámetro de ingresos no superó el 25% del límite superior previsto en la máxima categoría. También está previsto que aquellos que se hubieran excluido voluntariamente podrán reingresar al Monotributo en la medida que cumplan la pauta porcentual señalada.

– Cuando el exceso de parámetros supere el 25% podrán acceder al “Procedimiento Transitorio de acceso al Régimen General” que les permitirá computar el IVA comprendido en las compras vinculadas a la actividad que hubieran efectuado a Responsables Inscriptos y un importe adicional en concepto de crédito fiscal presunto. También, respecto del Impuesto a las Ganancias podrán deducir los importes de las adquisiciones con relación directa a su actividad gravada y una deducción adicional.

También se implementan dos mecanismos puente para acceder al Régimen General:

– Procedimiento Permanente: podrán computar el IVA discriminado en las compras de bienes, locaciones o prestaciones de servicios vinculadas con la actividad en los 12 meses anteriores al momento del cambio de régimen. Y tendrán una deducción en ganancias equivalente al importe neto de dichas adquisiciones.

– Régimen Voluntario: para acceder, el traspaso al régimen general no debe ser consecuencia de una acción de la AFIP y el contribuyente no tiene que registrar ingresos que superen el 50% de los montos establecidos en la categorización como microempresa. Quienes accedan a esta opción tendrán una reducción escalonada del débito fiscal liquidado durante los tres primeros años del 50%, 30% y 10%.

 

Luego de darle media sanción a este proyecto, la Cámara de Diputados continuó la sesión con el debate para elevar el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, el tema central de la jornada.

Con una larga lista de oradores, se preveía que la votación de esto se produjera por la mañana del domingo. La norma a discutir establece un nuevo piso de 150.000 pesos y ocho jubilaciones mínimas a partir de los que se comenzará a pagar el impuesto y el cambio beneficiará a más de un millón de trabajadores y jubilados y pensionados.

Por otra parte, durante el día también se aprobaron los proyectos de Ley de Educación Ambiental Integral, el que actualiza la Ley de Doping en el Deporte al nuevo Código Mundial Antidopaje 2021y la declaración de zona de desastre en el Sur.

 



 

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